Fueros o distribución tributaria a la carta por el Estado

pedro esarte

pedro esarte


Es ya crónica la confusión que se procrea de confundir el Derecho con el fuero como origen tributario. Eso es al menos lo que he apreciado al ver publicado en la primera página de prensa y a 3 columnas (29-XI-2020) anunciando que miles de autónomos navarros rechazan el planteamiento del Gobierno foral y que once organizaciones tratan de frenar su entrada en vigor el 1º de enero próximo.

Así que he ido a páginas centrales (12 y 13 íntegras) y me he dado cuenta de que se trata de la formación de módulos o tablas para autónomos en estimación directa, lo que admite recursos corrientes ante el órgano tributario. Al verlo, estimé mi favor a los demandantes, pues fui anteriormente uno de ellos, pero la noticia real es que dicha tributación está marcada por la legislación estatal. Sentí pues pena y tristeza, puesto que al ver el extenso y fuerte titular, creía que era algo más serio y comparativo con lo que ocurre en Madrid, donde se han ido a tributar diversos e importantes empresarios navarros porque allí tributan en menores cantidades y con mayores exenciones.

Verdaderamente me oprime la ignorancia con que los diversos gobiernos forales nos mantienen a la generalidad de la población a falta de información, cuando se baraja actualmente en el caso de Madrid y es un tema de actualidad. El hecho viene de lejos y es un ejemplo de la discrecionalidad que gozan los gobiernos de la Administración central del Estado. La aplicabilidad de residencia contributiva ya se marcó para Navarra en un mínimo de medio año como lugar de cotización con Navarra.

La condición fue fijada por la dictadura de Primo de Rivera cuando se asentó el primer Convenio Económico entre Navarra y el Estado y se accedió a formar el pago de los tributos que se habían de cobrar en Navarra y los que pertenecían al Estado (año 1925), fórmula que hasta entonces no existía. Hoy se vende el Convenio Económico como un régimen de relación semi-eterno cuando este fue el primer convenio habido.

Llamativas las puntualizaciones que se hacen sobre el tiempo que habían de residir para cotizar en Navarra (no menos de medio año) y el Convenio se realizó con visos de ser eterno. Sin embargo, fue revisado por otro el año 1941, reduciendo nuevas competencias de Navarra a las que ya se habían estimado en el anterior. También hecho para siempre y con el halago beneficioso de gobernantes y negociadores navarros.

Fraga Iribarne, sin miramientos y con el desparpajo que gustaba de usar, lo hizo renovable cada 5 años el año 1969, como el tercero. Los tres convenios hechos en dictadura, y en los tres casos ocurrió que quienes lo recibían, miembros del Gobierno navarro y negociadores de su parte alardeaban de la conservación de sus derechos y los consideraron esplendorosos y respetuosos. Los ministros del ramo del Estado se jactaban de haber acabado con ellos. ¡Ironía o cinismo de los primeros, mientras callaban el nuevo pago! Sarcasmos aparte, la Constitución permite la libertad de los gobiernos para cercenar derechos de unos (caso de Navarra) y dárselos a otros (caso de Madrid).

Que hoy se siga escribiendo sobre la conservación de los derechos de Navarra, cuando éstos han sido totalmente cercenados, mientras el silencio oficial de sus gobernantes y órganos se mantienen en silencio, resulta totalmente ignominioso. Actualmente estamos sometidos a los cambios de la gobernación estatal, sin que ninguno de los gobiernos de Navarra se atreva a enfrentarse a la realidad de que el Gobierno central del Estado hace con ellos de su capa un sayo. Prima, pues, la falta de información veraz que se debe a la población navarra sobre la anómala situación que protege la cuestión tributaria de Madrid en perjuicio de la de Navarra, cercenada por convenios por razón de la fuerza bajo las presiones de dictaduras y las veleidades de cada momento o del gobierno de turno.

Por tanto, merece tratarse ahora que se ha conocido públicamente que Madrid absorbe empresas con exenciones y rebajas tributarias a los residentes que van de otras provincias donde realmente tienen sus empresas para denunciar que Navarra también es esquilmada desde hace muchos años al establecer sus residencias habituales en Madrid y dejar de tributar en Navarra. Se trata simplemente de un perjuicio público a Navarra y un beneficio privado a quienes cambian su residencia a Madrid.

No obstante. y como el Gobierno del Estado será reacio a favorecer los derechos usurpados a Navarra, se impone una definición real de su gobierno a favor de ver el posicionamiento de su población y posibilidad de consultarle. Es hora de definir sobre derechos arrebatados por dictaduras y no reparados institucionalmente. La situación actual, con cerca de veinte acuerdos del Parlamento navarro recurridos o sin ser atendidos clama al cielo (si lo hubiera claro).

Se ha de exponer públicamente pues y demandar lo que fue quitado a Navarra con sucesivas dictaduras (tras hacerla española por la fuerza antes), y preguntar a su población institucionalmente si desea la recuperación de los derechos unida a España o simplemente demandar la independencia nacional fuera del Estado español por abusos e imposiciones, a través de hechos dictatoriales y mantenidos sin contar con la voluntad de sus habitantes y el silencio de sus autoridades.